Actualización del Complemento Carta Porte v2.0
27 octubre, 2021 por
Actualización del Complemento Carta Porte v2.0
Diana Martínez

Estimado cliente

Derivado de las mesas de trabajo realizadas con las diferentes Cámaras y Agrupaciones de contribuyentes, personal de la SCT y la SEMAR, en las cuales se expuso la necesidad de realizar ajustes a la documentación técnica del estándar del complemento Carta Porte, para que los transportistas logren cumplir las especificaciones del complemento, así como la publicación de la Tercera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, donde se establecen las reglas a través de las cuales se regula la emisión del complemento Carta Porte, el SAT se encuentra realizando los ajustes necesarios para implementar dichas disposiciones a través de una nueva versión del complemento Carta Porte que se debe incorporar al CFDI, para la cual se realizó lo siguiente:

Actualización del Estándar

  • Incorporación y eliminación de atributos.
  • Ajuste en la longitud de algunos atributos del nodo “Autotransporte”.
  • Ajustes a la redacción de algunas descripciones.
  • Ajustes en validaciones adicionales existentes a nivel CFDI y complemento.
  • Adición de validaciones adicionales de acuerdo a la nueva estructura.

Modificaciones a los Catálogos

  • c_MaterialPeligroso
  • c_Estaciones2.0
  • c_CveTransporte
  • c_Estaciones
  • c_ClaveProdServCP
  • c_MaterialPeligroso
  • c_ParteTransporte
  • c_FiguraTransporte
  • c_ConfigAutotransporte
  • c_TipoDeServicio
  • c_TipoCarro
  • c_TipoDeTrafico

Las actualizaciones ya se encuentran publicadas en el portal del SAT; por lo que, en la siguiente dirección encontrarás la documentación correspondiente, a fin de que puedas utilizarlos en la implementación de la nueva versión. También podrás encontrar un instructivo correspondiente a cada tipo de transporte: Autotransporte​, marítimo​, aéreo​, ferroviario.

Consultar aquí

El inicio de vigencia del complemento Carta Porte versión 2.0, será a partir del 1 de diciembre de 2021, de acuerdo a los establecido en el artículo segundo, publicado en la 2a. versión anticipada en relación con el Décimo Primero Transitorio publicado en la 1a. versión anticipada, ambas de la 3a. Resolución de Modificaciones a la RMF vigente.

El periodo comprendido del 1 al 31 de diciembre de 2021, se considera como de adaptación, por lo que se deberán emitir los respectivos comprobantes y se dará por cumplida dicha obligación.

Para cualquier duda o aclaración puede comunicarse al área de Soporte Prodigia por el medio de su preferencia:
 

Tel: (662) 2104963
Correo: soporte@prodigia.com.mx
WhatsApp: (662) 4707411


Actualización del Complemento Carta Porte v2.0
Diana Martínez 27 octubre, 2021
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